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Artículo 3 transitorio de la Ley 7.260 · Mejora situación económica de carabineros de chile

Mejora situación económica de carabineros de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25463 / 10018905.

Texto oficial

Artículo 3.o El personal que en virtud de las disposiciones de la presente ley deba ser promovido a un empleo distinto, pero con el mismo sueldo de que actualmente disfruta, no se considerará de nuevo nombramiento, para los efectos legales.