Aprueba el texto definitivo del decreto n.o 720, de 1941, que fijo el texto refundido de las leyes n.ºs 6,020 y 6,074, y el de la ley n.o 7,280, sobre empleados particulares
Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25482 / 8747800.
Texto oficial
Artículo 30. El valor de la asignación familiar por cada hijo se determinará por el sistema de compensación, distribuyéndose los aportes obligatorios entre los empleados con derecho a bonificaciones.
La asignación familiar será igual para todos los empleados, cualquiera que sea el sueldo de que disfrute el beneficiado.