Texto oficial
Artículo 5°.- La Municipalidad deberá consultar en su presupuesto anual, en la partida de egresos ordinarios, la cantidad a que ascienda el servicio de intereses y amortización del empréstito.
Autoriza a la municipalidad de chanco para contratar emprestito por $ 500,000
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25500 / 5963689.