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Artículo 6 de la Ley 7.315 · Autoriza a la municipalidad de chanco para contratar emprestito por $ 500,000

Autoriza a la municipalidad de chanco para contratar emprestito por $ 500,000

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25500 / 5963690.

Texto oficial

Artículo 6°.- Autorízase al Presidente de la República para que adquiera de la actual concesionaria, doña María Pastora Parra, la maquinaria y accesorios de la central térmica y la red de distribución que sean aprovechables, destinados al servicio público eléctrico de Chanco, que aparecen detallados en el Inventario practicado por la Dirección General de Servicios Eléctricos, con fecha 30 de Mayo de 1942. La adquisición deberá incluir, además, todos los derechos por concesiones y servidumbres que posea la concesionaria para la explotación de dicho servicio.