Texto oficial
Artículo 5°.- Para los efectos de este empréstito no regirán las disposiciones restrictivas de la Ley Orgánica de la Caja Nacional de Ahorros o de la institución de crédito que deseare contratarlo.
Autoriza a la municipalidad de los alamos para contratar emprestito hasta por la suma de $ 20,000
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25501 / 5963702.