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Artículo 5 de la Ley 7.381

Autoriza al presidente de la república para expropiar terreno que se indica, ubicado en puerto montt, destinado a la construccion de un estadio

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25526 / 5963819.

Texto oficial

Artículo 5°.- El valor de la expropiación que esta ley autoriza se imputará a los fondos acumulados en virtud de lo dispuesto en el inciso final del artículo 161 de la Ley de Alcoholes y Bebidas Alcohólicas, cuyo texto definitivo fué fijado por decreto N° 114, de 8 de Marzo de 1938.