Texto oficial
Artículo 19 bis.- En el caso que la Comisión
rechazare el informe presentado por los pares evaluadores,
la institución podrá solicitar, dentro del plazo de 30
días contado desde la fecha de notificación del primer
informe, la realización de una nueva evaluación por pares
evaluadores distintos, designados en conformidad con lo
establecido en el artículo anterior.