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Artículo 10 de la Ley S/N · Proyecto de lei de rejimen interior

Proyecto de lei de rejimen interior

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 255570 / 9005549.

Texto oficial

Art. 10. El Intendente es comandante jeneral de armas de la provincia, salvo que el Presidente de la República nombrare a otra persona.