Saltar al contenido

Artículo 18 de la Ley S/N · Proyecto de lei de rejimen interior

Proyecto de lei de rejimen interior

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 255570 / 9005559.

Texto oficial

Art. 18. Cuando surja contienda de competencia entre un tribunal de justicia i el Gobernador, éste suspenderá la ejecucion del decreto, materia de la contienda, i remitirá o pedirá que se remitan los antecedentes al Consejo de Estado.