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Artículo 27 de la Ley S/N · Proyecto de lei de rejimen interior

Proyecto de lei de rejimen interior

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 255570 / 9005570.

Texto oficial

Art. 27. El Subdelegado es el jefe administrativo de la subdelegacion. Debe ausiliar al Gobernador en el cumplimiento de los deberes i ejercicio de las atribuciones que le asigna esta lei. Debe cumplir las órdenes i comisiones que, dentro de sus facultades, le dé el Gobernador, i ejecutar los actos que éste le encargue especialmente. Dará al Gobernador todos los avisos que éste necesite para cumplir sus deberes.