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Artículo 29 de la Ley S/N · Proyecto de lei de rejimen interior

Proyecto de lei de rejimen interior

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 255570 / 9005572.

Texto oficial

Art. 29. El Subdelegado podrá espedir órdenes de arresto en los casos establecidos en el inciso 4.º del artículo 8.º de la Lei de Garantías Individuales de 25 de setiembre de 1884. Podrá ademas ordenar la captura de los delincuentes infraganti, en los casos i en la forma previstos en el título III de la citada lei.