Texto oficial
Art. 36. El subdelegado podrá decretar allanamientos
en casos urjentes para los fines indicados en el inciso 1.º
del art. 29, i en los números 1.º, 2.º i 3.º del
anterior.
Proyecto de lei de rejimen interior
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 255570 / 9005580.