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Artículo 38 de la Ley S/N · Proyecto de lei de rejimen interior

Proyecto de lei de rejimen interior

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 255570 / 9005582.

Texto oficial

Art. 38. Los Intendentes, Gobernadores, Subdelegados, e Inspectores son responsables de los delitos que cometan en el ejercicio de sus funciones. Su responsabilidad civil o criminal se hará efectiva ante los tribunales establecidos por la lei. Esta acción prescribirá en seis meses contados desde el día en que tuviere lugar el acto u omisión que se les imputare.