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Artículo 132 del Código Orgánico de Tribunales

Código orgánico de tribunales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25563 / 9783059.

Texto oficial

Art. 132. Para determinar la gravedad o levedad en materia criminal, se estará a lo dispuesto en el Código Penal.