Saltar al contenido

Artículo 192 del Código Orgánico de Tribunales

Código orgánico de tribunales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25563 / 9783127.

Texto oficial

Art. 192. Las contiendas de competencia serán falladas en única instancia.