Texto oficial
Art. 499. El nombramiento en propiedad en cargos del
Escalafón del Personal de Empleados se hará por el
Presidente de la Corte Suprema cuando se trate de empleados
que hayan de servir en ella, o por el Presidente de la Corte
de Apelaciones respectiva, en los demás casos, con
sujeción a las normas que se indican en el párrafo tercero
del Título X.
Los Oficiales de los fiscales judiciales de las Cortes
de Apelaciones serán designados a propuesta unipersonal del
fiscal.
Será aplicable a los funcionarios a que se refiere
este artículo lo dispuesto en el artículo 493.