Texto oficial
Art. 76. Las construcciones ejecutadas en conformidad a
esta ley pagarán solamente el cincuenta por ciento (50%)
del valor de los permisos municipales que correspondan.
Substituye el texto de la ley n° 5,950, que creo la caja de la habitacion popular por el que se indica
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25602 / 9042886.