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Artículo 76 de la Ley 7.600

Substituye el texto de la ley n° 5,950, que creo la caja de la habitacion popular por el que se indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25602 / 9042886.

Texto oficial

Art. 76. Las construcciones ejecutadas en conformidad a esta ley pagarán solamente el cincuenta por ciento (50%) del valor de los permisos municipales que correspondan.