Texto oficial
TITULO FINAL (ART. FINAL)
Art. 100. Esta ley empezará a regir treinta días
desppués de la fecha de su promulgación.
Substituye el texto de la ley n° 5,950, que creo la caja de la habitacion popular por el que se indica
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25602 / 9042910.