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Artículo 6 de la Ley 7.731

Destina la suma de $ 16.000.000 para combatir la malaria y la enfermedad de chagas en el pais

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25610 / 7171695.

Texto oficial

Artículo 6.o La Sección Militar de la Brigada Sanitaria Antimalárica, tendrá un número de hasta 100 hombres, comprendiendo suboficiales, soldados, conscriptos y enfermeros.