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Artículo 4 de la Ley 7.767

Dispone que las avenidas, calles, pasajes y plazas de las comunas de santiago, quinta normal, renca, conchali, providencia, las condes, ñuñoa y san miguel que se indican llevaran los nombres que expresan

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 25639 · idParte: 8830013

Texto oficial

Artículo 4.° Suprímense los nombres de las calles "San José" y y "Los Padres", en la comuna de Ñuñoa y asignáseles los de "Avenida Ricardo Lyon" y "Avenida Los Leones", respectivamente. Suprímese, asimismo, las denominaciones de las actuales calles "Constanza", de la Comuna de Providencia y "San Luis" de la de Ñuñoa, y asígnaseles el de "Avenida Holanda", conjuntamente con la calle de este nombre que actualmente existe en esta última comuna. La Dirección de Informaciones y Cultura procederá, de acuerdo con las Municipalidades interesadas, a fijar la numeración definitiva de las Avenidas a que se refieren los incisos anteriores.