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Artículo 5 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Fija nueva escala de sueldos mensuales para el personal de las fuerzas armadas y carabineros de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 256535 / 8843927.

Texto oficial

Artículo 5º.- Al personal de las Fuerzas Armadas, Subsecretarías del Ministerio de Defensa Nacional y Carabineros de Chile, no les será aplicables el D.F.L. Nº 68, de 1960, ni sus posteriores modificaciones.