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Artículo 2 de la Ley 7.891

Fija la tasa que se aplicara a libros impresos en chile que se depositen en el correo y el derecho de certificacion de impresos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25697 / 8278407.

Texto oficial

Artículo 2.° El derecho de certificación de los impresos a que se refiere el artículo 1.° de la presente ley y de las revistas impresas en Chile será de treinta centavos ($ 0.30).