Texto oficial
Artículo 3.° El remitente de dichos impresos no tendrán derecho a indemnización en caso de pérdida de los objetos mencionados.
Fija la tasa que se aplicara a libros impresos en chile que se depositen en el correo y el derecho de certificacion de impresos
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25697 / 8278408.