Texto oficial
Artículo séptimo.- La modificación a que se refiere
el numeral 7) del artículo 2° de esta ley regirá para los
concursos que se convoquen con posterioridad a la
publicación de esta ley.
Concede beneficios al personal de la atencion primaria de salud y modifica las leyes nº 19.378 y 19.813
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 257041 / 8020622.