Saltar al contenido

Artículo 2 de la Ley 8.012

Autoriza al presidente de la república para adquirir de don jose l. lopez b. la propiedad que se indica, ubicada en calbuco

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25719 / 5965522.

Texto oficial

Artículo 2.° El gasto correspondiente se imputará al ítem 12|01|09-i del presupuesto vigente.