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Artículo 23 de la Ley 8.032 · Incorpora a los agentes profesionales de seguros a la categoria de empleados particulares

Incorpora a los agentes profesionales de seguros a la categoria de empleados particulares

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25722 / 8999403.

Texto oficial

Artículo 23. Las imposiciones prescritas en el artículo 26 del citado decreto número 857 deberán hacerse desde el 1.o de Julio de 1940 a los profesionales que hayan trabajado para más de una Compañía.