Saltar al contenido

Artículo 7 de la Ley 8.080

Modifica la ley n.° 7,434, que dispone que la tesoreria general de la república entregara a la caja de amortizacion de la deuda publica el producto del impuesto creado por la ley n.° 7,160, sobre impuesto al cobre

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25752 / 8830058.

Texto oficial

Artículo 7.° Auméntase a cincuenta centavos por cada cien pesos el impuesto sobre el monto de las transferencias a que se refiere el N.° 195, del artículo 7.° del texto definitivo de la Ley de Timbres, Estampillas y Papel Sellado contenido en el decreto del Ministerio de Hacienda N.° 400, de 27 Enero de 1943.