Texto oficial
Artículo 19. Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Modifica la ley n.° 7,434, que dispone que la tesoreria general de la república entregara a la caja de amortizacion de la deuda publica el producto del impuesto creado por la ley n.° 7,160, sobre impuesto al cobre
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25752 / 8830070.