Texto oficial
Artículo 5º Derógase las asignaciones y gratificaciones contempladas en los artículos 2º y 3º de la ley N° 6,417, y establécense las siguientes para los funcionarios que se indican, a título de gastos de representación:
Al Presidente de la Corte Suprema $ 18.000.-
A los Presidentes de las Cortes de
Apelaciones de Santiago y Valparaíso 12.000.-
A los Presidentes de las demás Cortes
de Apelaciones 6.000.-