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Artículo 3 de la Ley 8.120

Aumenta la planta de los oficiales de armas, rama del aire, y de los oficiales de los servicios, rama de administración

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25761 / 5965690.

Texto oficial

Artículo 3.o Traspásase en el Presupuesto de la Fuerza Aérea de Chile de 1945, de la partida 11/01/04-a.2 (para pagar sueldos de 40 Alféreces que egresarán el 1.o de Julio de 1945 de la Escuela de Aviación), a la 11/01/01, la suma de $ 216,000 y de la partida 11/01/04-b.11 a la 11/01/02-c. la cantidad de $ 54,000.