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Artículo 3 transitorio de la Ley 8.121

Fija nuevas rentas municipales. modifica el d.f.l. no. 245, de 1931, y las leyes y otras disposiciones que se indican.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25762 / 9819674.

Texto oficial

Artículo 3.o Los actuales empleados de planta o a contrata que gocen sólo de comisión, disfrutarán, además de ésta, del sueldo asignado al último grado que a virtud de la ley corresponda a la respectiva Municipalidad, y su encasillamiento de grado en el escalafón de la planta correspondiente se hará en conformidad con lo establecido en la letra b) del artículo 2.o de la ley número 6.038.