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Artículo 7 transitorio de la Ley 8.283 · Establece las plantas y sueldos del personal que indica de la administración publica:

Establece las plantas y sueldos del personal que indica de la administración publica:

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25767 / 8830191.

Texto oficial

"Artículo 7°.- El Presupuesto nacional para el año 1946 deberá contemplar una planta suplementaria que corresponda a lo menos al 6 por ciento de la totalidad del personal civil administrativo"