Aprueba los convenios acordados en la conferencia monetaria y financiera de las naciones unidas, celebrada en bretton woods, estados unidos, en julio de 1944, que crean el "fondo monetario internacional" y el "banco internacional de reconstruccion y fomento".
Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25771 / 9042990.
Texto oficial
Artículo 11. Los sueldos y emolumentos de los
Directores Ejecutivos y los suplentes y de los funcionarios
y empleados del "Fondo Monetario Internacional" y del "Banco
Internacional de Reconstrucción y Fomento", que no sean de
nacionalidad chilena, estarán exentos de todo impuesto o
contribución.