Saltar al contenido

Artículo 16 de la Ley 5.989

Autoriza al presidente de la república para que suscriba acciones de la sociedad anonima denominada sociedad constructora de establecimientos educacionales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 257739 / 9005677.

Texto oficial

Art. 16. Para los servicios que demande al Fisco el cumplimiento de esta Ley habrá un Departamento Técnico dependiente del Ministerio de Educación Pública.