Texto oficial
Art. 2.o (Ley 5,989). Los gastos que demande la
organización e instalación de la Sociedad se cargarán a
los fondos de la misma Sociedad.
Fija el texto definitivo de la ley n.o 5,989, que establecio la sociedad constructora de establecimientos educacionales
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 257743 / 9005709.