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Artículo 38 de la Ley 8.419 · Fija el texto refundido de la ley sobre impuesto a la renta

Fija el texto refundido de la ley sobre impuesto a la renta

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25776 / 8872820.

Texto oficial

Art. 38. Las utilidades de la Corporación de Ventas de Salitre y Yodo de Chile y de las empresas adheridas a ella, provenientes de la explotación y comercio del salitre y yodo, estarán exentas de los impuestos sobre la renta. Esta exención comprende: los impuestos de la tercera y cuarta categorías; impuesto adicional sobre la renta; impuesto sobre intereses que se paguen en Chile o en el extranjero y sobre las cuotas o dividendos pagados por la Corporación o empresas productoras a sus socios o accionistas; pero, no incluye el impuesto global complementario que pueda afectar personalmente a cada industrial.