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Artículo 2 de la Ley 8.563

Autoriza a la municipalidad de la cruz contratar emprestito hasta por $ 1.500.000, con el fin de adquirir un predio, cuyos limites y superficie señala, para construccion de edificios municipales, plaza, calles y avenidas.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25780 / 9043007.

Texto oficial

Artículo 2° El producto del empréstito se destinará a los siguientes fines: a) Adquisición, o pago del precio si hubiere sido adquirida con anterioridad , de la propiedad ubicada en la comuna de La Cruz, Avda. 21 de Mayo 3370, antes calle Miraflores, que deslinda actualmente: Norte, con Luis E. Contreras; Sur, con Juan Bengoa; Oriente, calle Santa Cruz y varios propietarios, y Poniente, con Avda. 21 de Mayo, y que se comprará en la suma de $ 1.200.000. El predio tiene una superficie aproximada de 69.965,77 metros cuadrados. b) El saldo se destinará a cancelar las obras de urbanización, cierros, impuestos, escrituras y contribuciones municipales.