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Artículo 49 del Decreto 255

Reglamenta programa de protección del patrimonio familiar

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 257828 · idParte: 8547354

Texto oficial

Artículo 49.- El presente Reglamento regirá a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.