Texto oficial
Artículo 47. Al momento de postular conforme al
presente Capítulo a cualquiera de los Títulos regulados
por este reglamento, los copropietarios interesados deberán
acompañar los siguientes antecedentes:
a) Certificado de la DOM respectiva, que acredite la
calidad de condominio de vivienda social.
b) Copia simple de la escritura de compraventa de las
respectivas unidades, con constancia de su inscripción en
el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces o
copia simple de la inscripción de dominio de la vivienda,
con certificado de vigencia.
c) Copia del reglamento de copropiedad formalizado
conforme a la Ley N°19.537 Sobre Copropiedad Inmobiliaria.
d) Acta de la Asamblea en que conste la designación del
Comité de Administración con individualización de su
presidente y la del Administrador del Condominio, si lo
hubiere.
e) Carpeta del proyecto de obra, que incluya, a lo menos
presupuesto y especificaciones técnicas.
f) Tratándose de proyectos que aborden o afecten bienes
comunes de un condominio, Acta de la Asamblea de
Copropietarios en que conste el acuerdo adoptado de
conformidad a la Ley Nº 19.537, aprobando el proyecto, con
indicación expresa de las características indicadas en los
antecedentes técnicos señalados en la letra precedente.