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Artículo 11 del Decreto Con Fuerza de Ley 169

Fija disposiciones por las que se regira la empresa de transportes colectivos del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 258068 / 7336547.

Texto oficial

Artículo 11.o El quórum para sesionar será, a lo menos, de seis Consejeros y los acuerdos se tomarán por simple mayoría. En caso de empate, decidirá el voto del que preside la sesión.