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Artículo 20 del Decreto Con Fuerza de Ley 169

Fija disposiciones por las que se regira la empresa de transportes colectivos del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 258068 / 7336556.

Texto oficial

Artículo 20.o Los obreros de la Empresa se regirán por las disposiciones del Código del Trabajo, en todo lo que no sean contrarias a las del presente decreto con fuerza de ley.