Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley nº 1, de mineria, de 1982, ley general de servicios electricos, en materia de energia electrica
Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 258171 / 8721816.
Texto oficial
Artículo 140º.- Las disposiciones sobre calidad de
servicio establecidas en la presente ley, no se aplicarán
en los casos de racionamiento, ni en aquéllos en que las
fallas no sean imputables a la empresa suministradora del
servicio.
La caducidad no será declarada en los casos fortuitos
o de fuerza mayor debidamente comprobados por la
Superintendencia.