Texto oficial
Artículo 103°.- Definición de V.A.T.T., V.I., A.V.I.
y C.O.M.A. Para cada tramo de un sistema de transmisión se
determinará el "valor anual de la transmisión por tramo",
o "V.A.T.T.", compuesto por la anualidad del "valor de
inversión", en adelante "V.I." del tramo, más los costos
anuales de operación, mantenimiento y administración del
tramo respectivo, o "C.O.M.A.", ajustados por los efectos de
impuestos a la renta, de conformidad a la metodología que
establezca el reglamento.
Cada tramo del sistema de transmisión estará
compuesto por un conjunto mínimo de instalaciones
económicamente identificables, agrupadas según los
criterios que establezca el reglamento.
El V.I. de una instalación de transmisión es la suma
de los costos eficientes de adquisición e instalación de
sus componentes, de acuerdo con valores de mercado,
determinado conforme a los incisos siguientes.
En el caso de las instalaciones existentes, el V.I. se
determinará en función de sus características físicas y
técnicas, valoradas a los precios de mercado vigentes de
acuerdo a un principio de adquisición eficiente.
Sin perjuicio de lo anterior, respecto de los derechos
relacionados con el uso de suelo, los gastos y las
indemnizaciones pagadas para el establecimiento de las
servidumbres utilizadas, para efectos de incluirlos en el
V.I. respectivo se considerará el valor efectivamente
pagado, indexado de acuerdo a la variación que experimente
el Índice de Precios al Consumidor.
Para efectos del cálculo del V.I., la Comisión
deberá utilizar los registros a que se refieren las letras
a) y j) del artículo 72°-8.
En el caso de Obras de Expansión, se considerará lo
señalado en el artículo 99°.
La anualidad del V.I., en adelante "A.V.I.", se
calculará considerando la vida útil de cada tipo de
instalación, considerando la tasa de descuento señalada en
el artículo 118º.
Para cada segmento de los sistemas de transmisión
señalados en el artículo 100° y para cada sistema de
transmisión zonal, el C.O.M.A. se determinará como los
costos de operación, mantenimiento y administración de una
única empresa eficiente y que opera las instalaciones
permanentemente bajo los estándares establecidos en la
normativa vigente, conforme lo especifique el reglamento.