Texto oficial
Artículo 7º.- La actual Planta de Vigilantes pasa a denominarse Planta de Resguardo y Control y los vigilantes tomarán el nombre de Resguardadores.
Fija nuevas plantas y remuneraciones para el personal de la empresa de transportes colectivos del estado
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 258863 / 7337412.