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Artículo 9 del Decreto Con Fuerza de Ley 3

Fija nuevas plantas y remuneraciones para el personal de la empresa de transportes colectivos del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 258863 / 7337414.

Texto oficial

Artículo 9º.- Autorízase al Director de la Empresa de Transportes Colectivos del Estado para proveer las vacantes de todas las Plantas de la Empresa de acuerdo a las necesidades del servicio.