Texto oficial
Artículo 9.o La Municipalidad de Calama deberá consultar en el presupuesto anual: en la partida de ingresos ordinarios, los recursos que destina esta ley al servicio del empréstito o préstamos directos; en la partida de egresos ordinarios, la cantidad a que asciendan dichos servicios por intereses y amortizaciones ordinarios y extraordinarios del valor de los bonos emitidos o de los préstamos contratados; en los ingresos de la partida extraordinaria, los recursos que produzca la emisión de bonos o los préstamos directos y, finalmente, en la partida de egresos extraordinarios, el plan de inversión autorizado.