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Artículo 13 de la Ley 8.937 · Fija la planta del servicio de correos y telegrafos

Fija la planta del servicio de correos y telegrafos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 258942 / 7337740.

Texto oficial

Artículo 13. Autorízase a los Servicios de Beneficencia y Asistencia Social para pagar la asignación familiar que establece el artículo 10 de la ley N.o 8,926, de 21 de Noviembre de 1947, a partir del 1.o de Enero de 1947.