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Artículo 39 de la Ley 8.282 · Estatuto orgánico de los funcionarios de la administración civil del estado

Estatuto orgánico de los funcionarios de la administración civil del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 258959 / 8844198.

Texto oficial

Artículo 39.- Las incompatibilidades especiales establecidas en las leyes de determinado servicio subsisten no obstante lo dispuesto en los artículos anteriores.