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Artículo 110 de la Ley 8.282 · Estatuto orgánico de los funcionarios de la administración civil del estado

Estatuto orgánico de los funcionarios de la administración civil del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 258959 / 8844269.

Texto oficial

Artículo 110.- La expiración de las funciones de un empleado por cualesquiera de las causas señaladas en el artículo 104 producen ipso-facto la vacancia del empleo y se podrá, en consecuencia, declararlo suprimido o nombrar a la persona que deba desempeñarlo.