Texto oficial
Artículo 113.- Las disposiciones de este Título no se aplican al personal que en virtud de otras leyes se encontrare incorporado a una Caja de Previsión distinta de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas.
Estatuto orgánico de los funcionarios de la administración civil del estado
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 258959 / 8844272.